Propone diputada reformar el
Código Penal
Mayor penalidad a quienes incumplan con
las obligaciones de asistencia familiar
En un evento realizado en el Museo
Interactivo La Avispa diputados del Congreso de Guerrero festejaron el
"Día del niño", a quienes les entregaron un bono económico,
aguinaldos y juguetes. En la gráfica, la presidenta de la Comisión de Gobierno
Flor Añorve Ocampo, acompañada de las legisladoras Beatriz Alarcón Adame y Rosa
Coral Mendoza Falcón, así como personal administrativo del Congreso local.
Chilpancingo, Gro., 04 de Mayo de 2016.— Para aumentar la
penalidad de tres a seis años de prisión, para aquellas personas que incumplan
con la obligación alimentaria y de cuatro a diez años, para quienes declaren
insolvencia simulada, la diputada Rosaura Rodríguez Carrillo, propone reformar
el Código Penal.
Y es que la legisladora argumentó que hoy en día existe una falta de
responsabilidad, en su gran mayoría de varones, en el cumplimiento de
proporcionar alimentos a sus hijos menores de edad, lo que ocasiona que los
niños, niñas y jóvenes no cuenten con un desarrollo óptimo, por la falta de
recursos económicos.
En la iniciativa de reformas al Código Penal del Estado, que analiza la
Comisión de Justicia, la legisladora señala que en la Ley para la Protección de
los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de Guerrero se garantiza el
pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de sus derechos, por lo que es
indispensable regular y legislar para que no haya vacíos legales que permitan la
violación y privación del derecho al crecimiento y desarrollo integral de la
infancia guerrerense.
Dijo que la manutención económica de los hijos e hijas no puede soslayarse
porque atenta contra un bien jurídico como la protección al núcleo social, cuya
subsistencia peligra cuando no se les proporcionan los alimentos a sus miembros
más indefensos, de ahí que el Estado debe proteger los derechos de los
acreedores a percibir alimentos.
Explicó que de acuerdo con lo establecido por la Primera Visitaduría General
de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos del 2011, el 67.5 por
ciento de las madres solteras no reciben una pensión alimenticia, el 91 de los
casos los acreedores son los hijos, el 8.1 son la esposa y los hijos, el 0.9
son los hijos y el esposo y 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben
pensión alimenticia.
Aseguró que la corresponsabilidad de manutención de los hijos debe ser
compartida, sin embargo, la realidad muestra que para evadir su responsabilidad
progenitora el deudor, que mayoritariamente es padre, dolosamente manifiesta
que su salario es inferior al que realmente percibe, colocándose
intencionalmente en estado de insolvencia.
Por estas razones, la diputada Rodríguez Carrillo refiere que el
incumplimiento doloso al pago de las pensiones alimentarias es antijurídico e
ingresa, por tanto, al campo penal, porque pone en peligro la subsistencia de
los acreedores alimentarios, especialmente, cuando no hay causa justificada
para incumplir.
Por ello, propone aumentar de tres a seis años de prisión la penalidad por
el incumplimiento de la obligación alimentaria, también incrementar de cuatro a
diez años lo referente a la insolvencia simulada e incrementar la penalidad en
lo relativo a la omisión de rendición de informes.