En contra PRODECOM de prácticas fiscales
indebidas que perjudican a trabajadores
* El Ombudsman fiscal trabajó junto con el SAT para emitir el
Criterio 32/ISR que condena tales prácticas.
Ciudad de México a 27 de abril de 2016.- Para evadir la reforma
fiscal de 2014, empleadores sin escrúpulos triangulan a través de sindicatos
los pagos que realizan a sus trabajadores, afirmó la Procuraduría de la
Defensa del Contribuyente (PRODECON).
De acuerdo con la mencionada reforma y según el artículo 28, fracción
XXX, de la Ley del ISR, los patrones no pueden deducir todos los pagos cuando
éstos se encuentran exentos para sus trabajadores. Esta reforma ocasionó una
serie de amparos en contra de su constitucionalidad.
A casi dos años y medio de la entrada en vigor de tal reforma, la SCJN
desafortunadamente no ha podido resolver aún en definitiva dichos amparos.
Esto ha ocasionado que algunas empresas y sindicatos muy focalizados,
estén realizando las prácticas indebidas que denuncia el SAT en su Criterio no
Vinculativo 32/ISR, para poder deducir así al 100% los pagos que realizan a sus
trabajadores; pues en lugar de hacer el pago de sueldos, previsión social u
otras prestaciones salariales directamente a los trabajadores, pagan los montos
respectivos al Sindicato y después consideran que tales pagos son deducibles al
100%, al disfrazarlos como gastos indispensables por ser convenidos con los
Sindicatos.
Lo más lamentable es que, al proceder así, los pagos hechos a los
trabajadores por conceptos que están exentos del ISR, se podrían considerar
ingresos por los que dichos trabajadores sí tendrían que pagar ese impuesto,
ocasionándoles una carga fiscal de la que el legislador quiso excluirlos.
Adicionalmente, el salario del trabajador, que está integrado por su
sueldo base y otras prestaciones como pueden ser horas extra, prima vacacional,
prima dominical, etc. no integran el salario base de cotización para
efectos de las cuotas al Seguro Social, lo que puede originar una disminución
en las cotizaciones de los derechohabientes, así como en las prestaciones
respectivas, especialmente el ahorro para el retiro.
El Ombudsman reconoció, no obstante, que la mayoría del sector
empresarial, si bien en varios casos acudió al amparo contra la reforma fiscal,
a la fecha ha cumplido escrupulosamente con sus obligaciones fiscales de
deducir sólo parcialmente las prestaciones exentas pagadas a sus trabajadores.
Por lo que PRODECON insistió en la importancia de que el Poder Judicial de la
Federación, en especial la Suprema Corte de Justicia, resuelva cuanto antes los
amparos promovidos por el sector empresarial otorgando así la certeza jurídica
que los contribuyentes merecen y demandan.