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Cualquier ciudadano puede denunciar…

En Guerrero, alcaldes y diputados

“chapulines” violan la ley: Jurista

Gilberto Guzmán

 

El doctor en Derecho Constitucional Román Ibarra Flores, señaló que en Guerrero existe una violación flagrante a la Constitución por parte de alcaldes y diputados que sin terminar el periodo de su cargo solicitaron licencia para postularse como candidatos a otro, durante el proceso electoral concurrente del 1 de julio próximo.

Advirtió que además del amparo promovido contra la licencia autorizada por el Poder Legislativo al Presidente municipal de Chilpancingo, Héctor Astudillo Flores, para que concluya su periodo como alcalde, cualquier ciudadano que se sienta agraviado por el “chapulinismo” del alcalde de su municipio o el diputado de sus distrito que se separó del cargo para buscar otro, podría recurrir al amparo para frenarlos.

El Caso Astudillo

En Guerrero, el único caso notable de esta situación, hasta el momento, es el del alcalde de Chilpancingo, el priísta Héctor Astudillo Flores, quien solicitó licencia definitiva al Congreso local para participar como candidato a diputado local por la vía de representación proporcional (plurinominal), y funge como coordinador de la campaña de Enrique Peña Nieto en Guerrero.

Sin embargo, integrantes de la organización “Asamblea de Vanguardia Ciudadana”, que encabeza el empresario Pioquinto Damián Huato, militante del PRD, presentó un amparo contra la licencia concedida a Astudillo por el Congreso del Estado, y el Juzgado Primero de Distrito resolvió a favor de la organización y concedió la “suspensión provisional” de la licencia indefinida, pero no abordó el caso de la licencia definitiva, por lo cual el equipo jurídico de Astudillo afirma que no tendrá problema para seguir separado del cargo.

Riesgo de más amparos contra “chapulines”

En entrevista, el Doctor en Derecho Román Ibarra Flores, dijo que este tipo de amparos presentados por ciudadanos en contra de representantes populares que piden licencia al cargo para irse como candidatos, están sustentadas en reformas a la Constitución Política aprobadas en junio y julio del 2011 por el Congreso de la Unión.

“Fueron dos reformas, la primera que se refiere a Garantías individuales o Derechos humanos, y la parte que tiene que ver con el amparo. Esa reforma del año pasado constituye una ampliación de los supuestos para la procedencia del amparo, y ello ha hecho posible que algunos activistas políticos o integrantes de partidos que en su pugna con otros compañeros de partidos, propios o ajenos, encuentren la forma de obstaculizar las aspiraciones de algunos cuadros de partidos, como en este caso Héctor Astudillo, para truncarles su propósito”.

Se le preguntó si corren el mismo riesgo de ser impugnados otros aspirantes que han pedido licencia a su cargo, como los alcaldes de un importante número de municipios.

“Si hubo alguien que los haya impugnado, también estarían en riesgo”, precisó.

Explicó que para promover el amparo, por parte de un ciudadano u organización, existe un plazo de quince días a partir de que se tenga conocimiento del acto que se reclama, en este caso la licencia solicitada por el representante popular.

A pregunta expresa, Román Ibarra subrayó que en Guerrero existe una violación flagrante a la Constitución por parte de alcaldes y diputados que sin concluir el periodo de sus cargos han solicitado licencia para contender por uno nuevo, en la elección del 1 de julio próximo.

“Claro que sí, habría una violación, esa es la base del amparo. El amparo sólo procede contra violaciones a la Constitución, en perjuicio de una o de algunas personas, ese es un supuesto de procedencia básico, entonces precisamente porque se da ese supuesto de violación a la Constitución, es que estas personas que se consideran agraviadas, o que les perjudica en su carácter de ciudadanos, están haciendo uso de una posibilidad, que es en este caso el amparo, para impedir ese fenómeno de chapulinismo político”, explicó.

Ibarra reiteró que antes de junio del 2011 presentar este tipo de amparo habría sido imposible, porque antes de la reforma la Ley de Amparo establecía en el artículo 73 como causa de improcedencia de un amparo la materia política, pero al reformarse la Constitución se amplía el abanico de derechos que puede ser objeto de un amparo, en caso de que se viole la ley en perjuicio de uno.

“Cualquier ciudadano que se sienta agraviado, puede hacer uso del amparo”, indicó el jurista.

Se le preguntó si con base en estas reformas, en cualquier municipio o distrito donde el alcalde o el diputado hayan pedido licencia para contender por otro cargo en la elección concurrente del 1 de julio, cualquier ciudadano podría ampararse y hacer que regrese a concluir su periodo.

“Claro, sólo que debe hacerlo dentro del plazo. Te digo: son quince días hábiles, tres semanas, cerca un mes natural, más o menos, a partir de que se haya autorizado la licencia por el Congreso, que es en este caso el acto reclamado”, agregó.